# Acceso Consejo
NUEVAS MEDIDAS RESTRICTIVAS EN CYL
Colegio Profesional De Fisioterapeutas De Castilla Y León
Recordemos, en primer lugar, el carácter sanitario de la profesión y de los profesionales, así como la categoría de centros sanitarios de los espacios donde se desarrolla la actividad.
El BOCYL publicado hoy, 16 de enero de 2021, establece en su ACUERDO 3/2021 que todas las medidas y limitaciones que en él han sido publicadas, serán eficaces en el territorio de la Comunidad de Castilla y León desde 20:00 horas del día 16 de enero, manteniendo su eficacia mientras dure el estado de alarma, sin perjuicio de que las mismas puedan ser moduladas, flexibilizadas o suspendidas por el Presidente de la Comunidad de Castilla y León a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad.
¿Cómo afectan las limitaciones de permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados a las clases colectivas en clínicas de Fisioterapia.?
Si en tu centro de fisioterapia realizas alguna actividad grupal entendemos que se continúa con las limitaciones de aforo al 50% y la aplicación de las medidas de distanciamiento e higiene. Dado que este punto genera algunas dudas, lo confirmaremos tan pronto como podamos con la propia Consejería de Sanidad.
Por el momento, nuestra recomendación es que limites al mínimo el número de personas permitidas en espacios cerrados para no convivientes, es decir, a 4.
¿Puedo abrir mi centro de fisioterapia pasadas las 20:00h?
Sí. Puedes mantener el horario habitual de tu centro.
La norma por la que se declara el estado de alarma establece la restricción de movilidad en las provincias de la Comunidad de Castilla y León, salvo para aquellos desplazamientos que estén debidamente justificados y se produzcan por los siguientes motivos:
- a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
- c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
- d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
- e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
- g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
- i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
- j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
¿Necesitan mis pacientes algún salvoconducto para asistir a las sesiones de fisioterapia?
Sí, siempre que la hora de salida de la consulta sea pasadas las 20:00h.
Todo lo referente a los salvoconductos para pacientes y profesionales, te lo dejamos aquí.
¿Si mi centro de fisioterapia está dentro de un gimnasio puedo continuar con las sesiones?
Ten presente que, una clínica de fisioterapia es un centro sanitario que debe contar con todas las autorizaciones sanitarias y legales pertinentes, entre ellas, el acceso a la misma. Por lo tanto, si se plantea esta situación y el acceso a tu centro es independiente al acceso del gimnasio, podrás continuar con tu actividad normal.
En este punto queremos recalcar y recordar que, para evitar sanciones, no puedes avalar los tratamientos, ejercicios y/o terapia con una supuesta prescripción para que estos los realicen profesionales no sanitarios.
Toda la información disponible sobre estas medidas puedes encontrarla en la página oficial del BOCyL.